Malvinas : Discurso del Canciller ante la Organización de las Naciones Unidas. 2 de noviembre de 1982

Tipo de material: TextoTextoDetalles de publicación: [s.i] [s.i] [198?] Descripción: 20 páginas 25 x 15 centímetrosTipo de contenido: texto Tipo de medio: sin medio Tipo de portador: volumenTema(s): GUERRA DE MALVINAS | SOBERANÍA | ARGENTINA | GRAN BRETAÑAResumen: Discurso pronunciado por S.E. el señor Canciller Dr. Juan P. Aguirre Lanari ante la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la cuestión de las Islas Malvinas (2-11-82). Puntos fundamentales del discurso: - Hemos llegado al fin del camino y la única alternativa válida es la negociación. - Los gobiernos de la Argentina y Gran Bretaña son las únicas partes de esta disputa. - Gran Bretaña ha instalado una poderosa base militar en las islas, contrariando resoluciones de la Asamblea General. - La lógica de los acontecimientos recientes no debe tenerse en cuenta si se busca una solución justa y definitiva. - La verdadera esencia de la cuestión Malvinas es la disputa acerca de la soberanía sobre las islas. - El marco de referencia de dicha disputa tiene en el aspecto territorial un elemento y otro en el derecho de autodeterminación. - Se ha establecido que la aplicación de la autodeterminación puede ceder ante el derecho de la integridad territorial. - Se admite que los casos coloniales son individuales y que no se debe prejuzgar sobre el principio aplicable a cada uno. - La Asamblea ratificó que la autodeterminación se aplica cuando no vulnera la integridad territorial. - Los súbditos británicos se establecieron en las islas al amparo de la ocupación ilegal de 1833. - No existe, pues, una relación legítima entre la población malvinense y el territorio que habita. - Consentir las pretensiones británicas sobre las Malvinas crearía un estado de provocación permanente. - La verdadera intención de Gran Bretaña no es defender el supuesto derecho de autodeterminación isleño. - Lo que el gobierno británico pretende en realidad es defender su también supuesto derecho de soberanía insular. - La solución definitiva debe ser la restitución de las islas con arreglo al derecho de integridad territorial. - Los súbditos británicos residentes en las islas son sólo agentes del ocupante en el territorio ocupado. - El supuesto básico de la descolonización es la negación de la soberanía de la potencia colonialista sobre la colonia. - Por ello las islas tienen una condición jurídica distinta y separada del territorio del Reino Unido.
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